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claudiomet
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Mensaje por claudiomet »

tambien se puede comprar el J-PAC de ultimarc.com...

pero yo no tengo monitor arcade... asi que voy a tener que aperrar con una tele marca chancho no mas...


me he documentado harto sobre el tema... no me puedo morir sin tener mi arcade en la casa... por lo menos ya tengo toddos los MAME de la ultima versioń.. por algo se empieza....
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ZZT
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Mensaje por ZZT »

Una TV??? tendrías que tener un PC con salida de TV. O bien usa un monitor de PC de 17 o 19. Así arrancas con windows y toda la parafernalia lista sin modificar nada. :-°
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claudiomet
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Mensaje por claudiomet »

ZZT escribió:Una TV??? tendrías que tener un PC con salida de TV. O bien usa un monitor de PC de 17 o 19. Así arrancas con windows y toda la parafernalia lista sin modificar nada. :-°
seee... una tarjeta con salida a tv... ya no estan tan caras... ademas se puede configurar para que arranque directo a la salida a TV...

..lo que me tiene metido es que la tele parta directo en modo video...

te haz dado cuenta que uno cuando tiene la tele en modo video, la apaga y despues la prende no queda en modo video, sino muestra algun canal... como se puede modificar eso...??


lo otr que no cacho (es que no le pego a la electronica)... es

como encender todo al mismo tiempo...???

la tele, el pc, el sistema de sonido (le quiero poner subwoofers) ... comose pueden encender desde un solo switch...???


ademas no solo quiero que sea una máquina arcade... quiero que además sea una jukebox... que con los controles se puedan seleccionar temas (ochenteros por supuesto) y tenga un sonido del demonio.... (y si le meto videos para que sea una video-jukebox seria mejor...)
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ZZT
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Mensaje por ZZT »

Te fuiste al E8o !!

hay muchos problemas con lo que quieres hacer. hay TV's que si las apagas estando en video se quedan en video, y ademas tiene la función que si se desconectan de la red se vuelven a encender cuando les llega corriente. Claro que estoy hablando de TVs de 1990 más menos.

Sino lo otro sería destapar la TV y soldar unos cables hacia afuera desde el boton de encendido y el Power del PC tb podría ir con cables hasta un BOTON de doble acción, para que al presionarlo se prenda la TV y el PC al mesmo tiempo. :-°

Eso es pega para Dr. ZZT :-D
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claudiomet
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Mensaje por claudiomet »

entonces tendre que buscar una tele por ahi que pueda quedarse en video... pero bueno... falta mucho tiempo para que pueda tener el dinero y cumplir mi suen'o de tener mi maca en casa.. por ahora a seguir informándome... gracias por tus sabios consejos.... W).
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ZZT
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Mensaje por ZZT »

De naipe. ::rid
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valde
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Mensaje por valde »

Colega ZZT

Me zarta una duda... Si estos jugetitos son para la casa y para mostrlos y quebrarse con los amigos, esta bien. pero si les pones tragafichas estas haciendo negocio...... y donde queda el tema de los derechos de los juegos. Yo entiendo que una maquina de juegos de 1.000 o 2.000 US$ paga derechos por el juego que incluye y si quieres cambiar el juegos debes pagar por el juego mas los derechos y licencias de uso y lucro.

solo una duda...??

feliz año nuevo
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Mensaje por ZZT »

valde escribió:Colega ZZT

Me zarta una duda... Si estos jugetitos son para la casa y para mostrlos y quebrarse con los amigos, esta bien. pero si les pones tragafichas estas haciendo negocio...... y donde queda el tema de los derechos de los juegos. Yo entiendo que una maquina de juegos de 1.000 o 2.000 US$ paga derechos por el juego que incluye y si quieres cambiar el juegos debes pagar por el juego mas los derechos y licencias de uso y lucro.

solo una duda...??

feliz año nuevo
Te entiendo. Eso que dices es el eterno debate entre el bien y el mal.
es como el tema de las tragamonedas, son ultra ilegales, pero solo algunos municipios mandan inspectores a sacar partes ¿por que los otros no? Este pais es lo que es por que no hay reglas claras para nada. De hecho como dice en la sección memorabilia de los casetes, muchas empresas formales y ultra populares y legales vendian juegos sin pagar UN PESO de derechos de autor.
Esos sistemas multijuegos que venden en deremate son made in Taiwan donde no hay leyes o respeto por ellas y algunos vivarachos de esta larga y angosta faja de tierra importan por internet para despues vender.

Si me preguntas mi opinion sobre el tema te digo que es ultra ilegal poner a trabajar una mame station. El asunto estriba en que a nadie le importa, por lo tanto.... simplemente queda a conciencia de cada persona. :-°
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valde
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Mensaje por valde »

La verdad que este tema no creo que tenga solucion clara por ahora, pero yo siempre he pensado que LAS LIBERTADES INDIVIDUALES TERMINAN CUANDO COMIENZAN LAS LIBERTADES DE OTRO INDIVIDUO. en ese sentido si nadie reclama por una maquina arcade MAME podras seguir fabricandolas hasta que alguien no te demande.

Hace dos o tres años una compañia de celulares ofrecia como promocion un joystick con 5 juegos ochenteros. busque por todos lados alguien que me vendiera solo el joystick (ya tenia celular) y lo consegui por $ 9.000 entonces como conclusion cada juego cuesta menos de $ 1.800 lo mismo que cobraba por un cassete con juegos piratas en 1988. Entonces los derechos de estos juegos se han devaluado una enormidad.
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Mensaje por ZZT »

Hay otra cuestion que no está muy clara, a ver si alguien del foro cacha y nos lo aclara. Creo haber escuchado que los derechos de autor del software (juegos) tiene una duración de 15 años, luego pasan a ser de dominio público (algo así como el abandonware). Si es así no sería ilegal una máquina con juegos de hace 15 o más años de antiguedad.
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Mensaje por Garrettimus »

bienvenida, Coté, saludos de Brasil!
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Mensaje por KOF1LOBO »

Hola!!! Mi post Numero 100 les dara la lata:


Ley Nº 9.739 de 17 de diciembre de 1937, texto actualizado al 2003

CAPITULO I De los derechos del autor

Artículo 1º. Esta ley protege el derecho moral del autor de toda creación literaria, científica o artística y le reconoce derecho de dominio sobre las producciones de su pensamiento, ciencia o arte, con sujeción a lo que establecen el derecho común y los artículos siguientes.

A los efectos de esta ley, la producción intelectual, científica o artística comprende:

[...]

-Programas de ordenador, sean programas fuente o programas objeto; las compilaciones de datos o de otros materiales, en cualquier forma, que por razones de la selección o disposición de sus contenidos constituyan creaciones de carácter intelectual. Esta protección no abarca los datos o materiales en sí mismos y se entiende sin perjuicio de cualquier derecho de autor que subsista respecto de los datos o materiales contenidos en la compilación. La expresión de ideas, informaciones y algoritmos, en tanto fuere formulada en secuencias originales ordenadas en forma apropiada para ser usada por un dispositivo de procesamiento de información o de control automático, se protege en igual forma.

Y, en fin, toda producción del dominio de la inteligencia.

Art. 14. El autor conserva su derecho de propiedad durante toda su vida, y sus herederos o legatarios por el término de cuarenta años a partir del deceso de causante (Artículo 40).

Cuando se trate de obras póstumas, el derecho de los herederos o legatarios durará cuarenta años a partir del momento del fallecimiento del autor.

Si la obra no fuere publicada, representada, ejecutada o exhibida dentro de los diez años a contar de la fecha de fallecimiento de autor caerá en el dominio público.

Si los herederos son menores el plazo se contará desde que tengan representación local a ese efecto.

[Plazo de protección elevado a cincuenta años según artículo 7º de la Ley Nº 17.616 de 10 de enero de 2003]

http://www.fsfla.org/


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Mensaje por KOF1LOBO »

ahora, no es tan simple como aparece en el texto, obviamente el software no tiene las mismas características que los libros, composiciones musicales, o películas:

¿Cuáles son los problemas de esta protección?

Sin embargo, la protección otorgada al software por los derechos de autor no siempre resulta ser la solución ideal. Las ideas y principios que son la base de uno de los elementos del software no están protegidos. Aún más, a veces no se considera adecuada para los desarrollos industriales recientes. En un contexto tecnológico extremamente evolutivo, la vida económica del software no suele pasar de unos años y no corresponde a la duración de los derechos de autor para los programas de ordenador (en principio 50 años a contar desde la fecha en la que el programa de ordenador ha sido hecho accesible al público por primera vez de forma legal). También surgen otros problemas en lo relativo a la prueba. La ausencia de formalidad legal obligatoria de registro o de publicidad puede crear incertidumbre sobre la fecha de creación. En un litigio por imitación, por ejemplo, será muy difícil para una parte conseguir probar la anterioridad de su software en relación con el de un tercero, o la imitación en sí misma si el segundo no es una copia obvia o de mala categoría del primero.

http://www.ipr-helpdesk.org/newsletter/ ... 0086D.html
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